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Sabemos ciertamente que tras recibir la noticia del Descubrimiento, los Reyes enviaron mensajeros a Galicia, Guipúzcoa, Vizcaya, Burgos y Calahorra, con despachos que, bajo severas penas, prohibían armar carabelas e ir sin licencia de la corona a las tierras recién descubiertas por Colón, tal como se deduce de otros tantos asientos del tesorero de la Reina, Gonzalo Baeza:
“A Pedro de Tavira, que fue a Galicia con otro tal despacho, e para que no fuesen ningunas personas a las Indias sin licencia de sus Altezas, 4.700 mrs.”.
Aunque no conocemos ni la fecha ni el texto de tales provisiones, el profesor Juan Manzano deduce hábilmente que tales cartas fueron decisiones regias tomadas como consecuencia del correo enviado a la Corte por Martín Alonso Pinzón desde Bayona.
El día 19 de marzo, 18 días después de arribar la Pinta a la Real Villa, el duque de Medinaceli, don Luis de la Cerda, envía una carta al Cardenal Mendoza, pidiéndole su mediación ante los Reyes para conseguir licencia que le autorizara a enviar algunas carabelas cada año a las tierras recién halladas. Tal solicitud, en opinión del prestigioso profesor, surge de las órdenes de prohibición enviadas por los monarcas a Burgos y Calahorra, tierras próximas a la residencia del duque (Cogolludo, Guadalajara).
Es evidente que las citadas provisiones reales tuvieron que ser llevadas por los mensajeros desde Barcelona varios días antes del 19, lo que implica que los Reyes tuvieran conocimiento del Descubrimiento con mayor antelación aun, y evidente es que en tales fechas los monarcas no podían haber recibido aun noticias por parte de Colón, ya que éste no envió ningún comunicado a la Corte, al menos antes del día 15, fecha a partir de la cual lo hizo por primera vez tras haber llegado a Palos de la Frontera. La prohibición real, por lo tanto, indudablemente estuvo fundada en las novedades enviadas por Pinzón a la Corte desde Bayona.
Una vez recibida por los Reyes la notificación del Almirante desde Palos, dándoles cuenta de su regreso, aquellos le contestaron el día 30 a Sevilla, donde ya se encontraba Colón entonces, enviando también con la misma fecha otra provisión al Cabildo hispalense, que probablemente era copia exacta de las anteriormente enviadas a los puertos del norte.
“mandamos e defendemos que ningunas ni algunas personas de qualquier estado e condiçión que sean non sean osados de yr ni vayan a las dichas yslas e tierras ni a alguna dellas nin trattar en ellas ni en ninguna dellas sin nuestra liçençia e especial mandado, so pena de muerte e de perder quales quier nauios e fustas e mercaderías que lleuare e todos los otros sus bienes que en nuestros reynos e señoríos touieren…”.
Hemos de convenir, entonces, que las primeras decisiones reales tras el Descubrimiento y a él relativas, fueron tomadas por los Reyes como consecuencia de las noticias que los monarcas recibieron desde Bayona, tras la arribada de la Pinta a esta Real Villa. |